domingo, 31 de octubre de 2010

¡QUE LA VACA (EÓLICA) ESTÁ YA SECA!

Supongo que más de uno de vosotros sabrá ya de la reciente sentencia de la Audiencia Nacional por la que los parques eólicos pasarán a tributar como bienes e inmuebles de naturaleza especial (los que más pagan) y, lo que es peor, incluyendo en el cálculo (del IBI) la valoración de todos los elementos de los parques: aerogeneradores, vías de acceso, terrenos afectados, etc. En fin, otro precedente jurídico gallego en materia eólica que supone un nuevo golpe al sector y otra "victoria" (pírrica) para los concellos que albergan "molinillos".

Siendo así, el tipo impositivo a aplicar a estas instalaciones pase del 0,4%, mínimo cobrado a los suelos rústicos, al máximo del 1,3% que grava a los bienes de naturaleza especial, cotizando además por la totalidad de elementos anexos a cada parque. En fin, un pastizal.

Como referencia, este tipo de gravamen es el que también se utiliza para otras instalaciones energéticas como las centrales hidráulicas y nucleares o instalaciones singulares como las áreas de servicio o las calzadas laterales de las autopistas.

La Audiencia Nacional fundamenta su sentencia en que las instalaciones eólicas deben considerarse de características especiales "por la trascendencia de estos bienes, su afección a poblaciones y por revelar una mayor capacidad económica en el sujeto pasivo". Y todo sea por "mantener y fortalecer la garantía del principio de suficiencia financiera de las entidades locales" y por "incrementar la autonomía financiera de las entidades locales proclamado en la Constitución".

Pero, ¿aún le queda algo que ordeñar a la vaca eólica?

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